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Entre paréntesis
RECUPERANDO EL PORVENIR
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Por: Miguel A. Cálix Martínez
“La Penitenciaría de Tegucigalpa no reúne las condiciones
prescritas por la ciencia penal para un establecimiento de
esta índole (…) los presidios departamentales y las cárceles
locales están en peores condiciones y requieren urgentemente
una reparación para evitar las constantes evasiones de los
reos que a ellas ingresan”
“En la mayor parte de los pueblos de la República todavía se
usan las antiguas prisiones, que rebajan sobremanera el
nivel moral de los detenidos y afectan su parte física,
siendo muy frecuente que contraigan enfermedades. Debemos
trabajar por la construcción de edificios propios para
establecimientos penales, con las diferencias necesarias
para establecer…la división por razón de sexos, de edad y
aún de delitos, bajo un régimen que cambie las malas
costumbres, evite las perturbaciones morales y se aproveche
de sanas enseñanzas que dará por resultado no solo la
enmienda sino la formación de hombres que en vez de ser una
amenaza constituyan una garantía para la familia y para la
sociedad”.
“El presidio se ve por muchos, con indiferencia suma, porque
piensan que los desheredados, los que han caído bajo la
sanción de la ley, los que padecen la pena de sus delitos,
no merecen consideración alguna. Y, sin embargo, nunca será
buen gobernante aquel que no vele por los que sufren en los
calabozos por consecuencia de sus delitos (…) el Estado debe
buscar la medida para aliviar la dura suerte de los que
caen, de los pobres, que casi siempre sólo ellos llegan a
las cárceles y son condenados y padecen persecución (sic) de
la justicia (…). ¿No podría el Gobierno destinar alguna
porción de tierra para que en ella trabajen y recojan el
fruto de su trabajo los presidiarios”.
La mayoría de las personas que leen o escuchan los párrafos
anteriores, reaccionan sorprendidas al darse cuenta que sus
sombrías descripciones no se refieren a la calamitosa
situación que viven en la actualidad los centros penales del
país, sino a la prevaleciente en los inicios del siglo XX.
Desafortunadamente, los llamados de preocupación y sabios
consejos de aquellas autoridades fueron desoídos. Aunque se
hicieron algunos esfuerzos legislativos en 1909 (Ley
Reglamentaria de Presidios) y en 1984 (Ley de Rehabilitación
del Delincuente), así como distintas obras físicas y la
instauración de regímenes de vida al interior de las
prisiones del país, no se logró en el transcurso del siglo
anterior consolidar la institucionalización de un sistema
penitenciario que lograra ese ideal de “enmienda” o
“rehabilitación” al que aspiraban los Secretarios de Estado
Carías, Castro y Ordóñez. Más allá de las iniciativas y
dedicación personales de recordados funcionarios y
funcionarias que en algunas etapas ocuparon la titularidad
de las dependencias encargadas de dirigir las cárceles
nacionales, la historia de nuestros establecimientos penales
es más la del abandono y la desidia, que la de un esfuerzo
continuo por mejorar lo poco existente.
A finales del siglo XX, los cada vez más frecuentes motines,
accidentes, fugas masivas e inseguridad al interior de los
centros de reclusión, anunciaban que tarde o temprano
ocurriría una tragedia de enormes proporciones, similar a la
de Carandiru en Brasil. Irónicamente, fue en el nuevo siglo
(2003) y en la Granja Penal de “El Porvenir” –hasta hacía
unos años motivo de orgullo para la desaparecida Dirección
General de Establecimientos Penales- que ocurrió lo que
desde hacía varios años se presagiaba. 68 personas –entre
internos y visitantes- fallecieron violentamente en un motín
carcelario, duramente reprimido por los miembros de la
policía y el ejército que intervinieron para sofocarlo.
Lo acontecido motivó a la administración Maduro a integrar
una “Comisión de Reforma del Sistema Penitenciario” que
elaboró, en tan solo un mes, un conciso informe de 42
páginas (sin contar sus anexos) que describía, con lenguaje
técnico y especializado, el nivel crítico al que había
llegado la situación carcelaria nacional. Rezaba su
introducción:
“La crisis del régimen penitenciario viene prolongándose en
el tiempo sin que se hayan adoptado decisiones para un
cambio dramático de la situación de los centros penales y la
rehabilitación de los reclusos. Ello lo confirman los
diferentes diagnósticos que en el curso de las últimas dos
décadas se han hecho sobre la realidad penitenciaria en el
país. Esa crisis también es revelada por los problemas que
aquejan al sector, como la sobrepoblación penitenciaria
debido en gran medida a la mora judicial, que se traduce en
porcentajes elevados de reos sin condena y por las carencias
de una infraestructura penitenciaria adecuada. Además la
crisis se manifiesta en la falta de presupuesto y programas
de rehabilitación y reinserción social, la mezcla de los
procesados con los condenados, la presencia de enfermos
mentales y terminales en los centros penales y las prácticas
corruptas y criminales a lo interno de las cárceles del
país”.
El “Informe sobre la Situación del Sistema Penitenciario en
Honduras” elaborado, no solo hizo un frío diagnóstico de la
realidad imperante, sino que propuso claras y precisas
medidas urgentes, de corto, mediano y largo plazo, que
deberían ejecutarse para restablecer el orden y organizar
adecuadamente la institucionalidad que –desde hacia 120 años
y con la construcción del antiguo edificio de la
Penitenciaría Central o “PC”- habían proyectado Marco
Aurelio Soto y Ramón Rosa en 1883.
Tres años después, poco o casi nada se ha llevado a cabo de
las recomendaciones que, al calor de los sucesos de El
Porvenir, hiciera la Comisión de Reforma del Sistema
Penitenciario. Un año después (2004) se repitió una tragedia
en el Presidio de San Pedro Sula, cuando más de un centenar
de internos fallecieron en un incendio que se presagiaba y
pudo haberse prevenido; por si eso no fuera suficiente, la
Penitenciaría Nacional de Támara, F.M. se ha convertido en
los últimos años en una fuente permanente de malas noticias
por las frecuentes muertes violentas que ocurren en su
interior y evasiones hacia el exteriores.
¿Qué inmoviliza a los tomadores de decisión para llevar a
cabo lo que desde hace más de un siglo se señala y durante
los últimos cinco años se demanda con más insistencia?.
¿Cuántas vidas humanas pérdidas son necesarias para que las
autoridades impulsen cambios y produzcan una radical reforma
penitenciaria?.
La inmovilidad solo puede tener como causa la indolencia,
esa que se origina en el convencimiento de que quienes se
encuentran privados de libertad no tienen derechos. Aspectos
como los de índole presupuestaria, normativa u operativa
(usualmente argumentados como excusas para no hacer algo en
el ámbito administrativo), quedan relevados cuando se conoce
que un alto porcentaje de los fondos destinados a las
actividades penitenciarias es utilizado para el pago de
inflada burocracia y no para ser invertido en el
mejoramiento de las condiciones del “sistema” y de sus
supuestos beneficiarios; cuando se sabe que la Ley de
Rehabilitación del Delincuente no fue oficialmente
reglamentada (aunque existía un proyecto de reglamentos con
visto bueno de la Procuraduría General de la República a
fines de la década de los noventas) y cuando es público que
existe un anteproyecto de Ley nueva presentado al Congreso
Nacional desde el año pasado; o cuando nos enteramos que la
Pastoral Penitenciaria desarrolla exitosamente programas de
rehabilitación en la zona norte, que hace mucho pudieron
utilizarse como modelo para ser implementados en la mayoría
o totalidad de los establecimientos penales existentes.
Es bien sabido que quien es sometido a prisión preventiva o
al cumplimiento de pena de reclusión, ve restringidos
algunos de sus derechos humanos, mas no todos. La libertad
es el principal y, junto a ella, la posibilidad de libre
locomoción, de elegir lugar de residencia y hasta el de
comunicarse permanentemente con el mundo que le rodea. Por
una errónea interpretación legal, se priva de derechos
políticos a quienes cumplen prisión preventiva –pues todavía
mantienen su estado de inocencia, a diferencia de los
internos que han recibido sentencia condenatoria firme de
reclusión- y, por la indolencia antes mencionada, del
derecho a la seguridad personal, a la misma vida, y
principalmente, a reinsertarse a una sociedad, que deviene
obligada de hacer todo lo que esté a su alcance para ofrecer
una oportunidad de enmienda y rehabilitación a quien ha
transgredido sus normas de convivencia. ¿Y por qué no
decirlo? Del mismo derecho a tener esperanzas.
Es justo aclarar que la situación que prevalece en los
centros penales del país no es indiferente a todas las
autoridades. La Fiscalía Especial de Derechos Humanos del
Ministerio Público interpuso ante la Corte Suprema de
Justicia (2005) una acción de habeas corpus a favor de la
población interna en la Penitenciaría Nacional y los
magistrados de la Sala de lo Constitucional otorgaron el
mismo, conminando a las autoridades de la Secretaría de
Seguridad a realizar los cambios requeridos para garantizar
la vida y seguridad de la población interna.
El sistema interamericano de protección de derechos humanos
también se ha mantenido vigilante de la situación
prevaleciente en los centros penales del país: en noviembre
de 2004, una delegación de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH) visitó varios centros y expresó su
preocupación, la cual hizo extensiva a la de los centros de
internamiento de niños y adolescentes infractores
(dependientes del Instituto Hondureño de la Niñez y de la
Familia - IHNFA). Asimismo, este año (2006) la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, al proferir fallo
condenatorio contra el Estado de Honduras por violaciones a
los derechos humanos del dirigente garífuna Alfredo López
Alvarez, ordenó al Estado a reformar su sistema
penitenciario para que el mismo garantice los derechos de la
población interna. No obstante, aún con estas alentadoras
muestras de interés dentro y fuera del país –algunas
vinculantes y perentorias- pareciera que todavía falta que
algo más grave ocurra.
Por ello es que es indispensable promover entre la sociedad
civil, el convencimiento de la necesidad de impulsar un
cambio profundo en lo que todavía queda del “sistema”
penitenciario; uno que implica reconocer la potencialidad
que encarnan muchos de los hombres y mujeres que cumplen
penas en los centros penales del país. Es esencial recordar
a todos y todas, que la dignidad de las personas privadas de
libertad debe respetarse y preservarse, para garantizar que
su humanidad no sufra menoscabo y puedan regresar a la
sociedad, no como seres amenazantes, sino como personas
dispuestas a dejar atrás su pasado. Es indispensable, es
esencial, es vital, dar inicio a un proceso de reforma del
sistema penitenciario que, más allá de proyectos faraónicos,
ponga el interés de los hombres y mujeres, dentro y fuera de
los recintos penales, de la sociedad toda, por encima de las
conveniencias políticas, mercantiles y mediáticas.
Si nuestra desidia hizo que “El Porvenir” evocara fin,
muerte y tragedia, depende de nosotros hacer que la
expresión “porvenir” recupere su sentido de esperanza en un
futuro mejor…para ellos y nosotros.
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