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Entre paréntesis
RECUPERANDO EL PORVENIR


Por: Miguel A. Cálix Martínez

“La Penitenciaría de Tegucigalpa no reúne las condiciones prescritas por la ciencia penal para un establecimiento de esta índole (…) los presidios departamentales y las cárceles locales están en peores condiciones y requieren urgentemente una reparación para evitar las constantes evasiones de los reos que a ellas ingresan”

“En la mayor parte de los pueblos de la República todavía se usan las antiguas prisiones, que rebajan sobremanera el nivel moral de los detenidos y afectan su parte física, siendo muy frecuente que contraigan enfermedades. Debemos trabajar por la construcción de edificios propios para establecimientos penales, con las diferencias necesarias para establecer…la división por razón de sexos, de edad y aún de delitos, bajo un régimen que cambie las malas costumbres, evite las perturbaciones morales y se aproveche de sanas enseñanzas que dará por resultado no solo la enmienda sino la formación de hombres que en vez de ser una amenaza constituyan una garantía para la familia y para la sociedad”.

“El presidio se ve por muchos, con indiferencia suma, porque piensan que los desheredados, los que han caído bajo la sanción de la ley, los que padecen la pena de sus delitos, no merecen consideración alguna. Y, sin embargo, nunca será buen gobernante aquel que no vele por los que sufren en los calabozos por consecuencia de sus delitos (…) el Estado debe buscar la medida para aliviar la dura suerte de los que caen, de los pobres, que casi siempre sólo ellos llegan a las cárceles y son condenados y padecen persecución (sic) de la justicia (…). ¿No podría el Gobierno destinar alguna porción de tierra para que en ella trabajen y recojan el fruto de su trabajo los presidiarios”.

La mayoría de las personas que leen o escuchan los párrafos anteriores, reaccionan sorprendidas al darse cuenta que sus sombrías descripciones no se refieren a la calamitosa situación que viven en la actualidad los centros penales del país, sino a la prevaleciente en los inicios del siglo XX.

Desafortunadamente, los llamados de preocupación y sabios consejos de aquellas autoridades fueron desoídos. Aunque se hicieron algunos esfuerzos legislativos en 1909 (Ley Reglamentaria de Presidios) y en 1984 (Ley de Rehabilitación del Delincuente), así como distintas obras físicas y la instauración de regímenes de vida al interior de las prisiones del país, no se logró en el transcurso del siglo anterior consolidar la institucionalización de un sistema penitenciario que lograra ese ideal de “enmienda” o “rehabilitación” al que aspiraban los Secretarios de Estado Carías, Castro y Ordóñez. Más allá de las iniciativas y dedicación personales de recordados funcionarios y funcionarias que en algunas etapas ocuparon la titularidad de las dependencias encargadas de dirigir las cárceles nacionales, la historia de nuestros establecimientos penales es más la del abandono y la desidia, que la de un esfuerzo continuo por mejorar lo poco existente.

A finales del siglo XX, los cada vez más frecuentes motines, accidentes, fugas masivas e inseguridad al interior de los centros de reclusión, anunciaban que tarde o temprano ocurriría una tragedia de enormes proporciones, similar a la de Carandiru en Brasil. Irónicamente, fue en el nuevo siglo (2003) y en la Granja Penal de “El Porvenir” –hasta hacía unos años motivo de orgullo para la desaparecida Dirección General de Establecimientos Penales- que ocurrió lo que desde hacía varios años se presagiaba. 68 personas –entre internos y visitantes- fallecieron violentamente en un motín carcelario, duramente reprimido por los miembros de la policía y el ejército que intervinieron para sofocarlo.

Lo acontecido motivó a la administración Maduro a integrar una “Comisión de Reforma del Sistema Penitenciario” que elaboró, en tan solo un mes, un conciso informe de 42 páginas (sin contar sus anexos) que describía, con lenguaje técnico y especializado, el nivel crítico al que había llegado la situación carcelaria nacional. Rezaba su introducción:

“La crisis del régimen penitenciario viene prolongándose en el tiempo sin que se hayan adoptado decisiones para un cambio dramático de la situación de los centros penales y la rehabilitación de los reclusos. Ello lo confirman los diferentes diagnósticos que en el curso de las últimas dos décadas se han hecho sobre la realidad penitenciaria en el país. Esa crisis también es revelada por los problemas que aquejan al sector, como la sobrepoblación penitenciaria debido en gran medida a la mora judicial, que se traduce en porcentajes elevados de reos sin condena y por las carencias de una infraestructura penitenciaria adecuada. Además la crisis se manifiesta en la falta de presupuesto y programas de rehabilitación y reinserción social, la mezcla de los procesados con los condenados, la presencia de enfermos mentales y terminales en los centros penales y las prácticas corruptas y criminales a lo interno de las cárceles del país”.

El “Informe sobre la Situación del Sistema Penitenciario en Honduras” elaborado, no solo hizo un frío diagnóstico de la realidad imperante, sino que propuso claras y precisas medidas urgentes, de corto, mediano y largo plazo, que deberían ejecutarse para restablecer el orden y organizar adecuadamente la institucionalidad que –desde hacia 120 años y con la construcción del antiguo edificio de la Penitenciaría Central o “PC”- habían proyectado Marco Aurelio Soto y Ramón Rosa en 1883.

Tres años después, poco o casi nada se ha llevado a cabo de las recomendaciones que, al calor de los sucesos de El Porvenir, hiciera la Comisión de Reforma del Sistema Penitenciario. Un año después (2004) se repitió una tragedia en el Presidio de San Pedro Sula, cuando más de un centenar de internos fallecieron en un incendio que se presagiaba y pudo haberse prevenido; por si eso no fuera suficiente, la Penitenciaría Nacional de Támara, F.M. se ha convertido en los últimos años en una fuente permanente de malas noticias por las frecuentes muertes violentas que ocurren en su interior y evasiones hacia el exteriores.

¿Qué inmoviliza a los tomadores de decisión para llevar a cabo lo que desde hace más de un siglo se señala y durante los últimos cinco años se demanda con más insistencia?. ¿Cuántas vidas humanas pérdidas son necesarias para que las autoridades impulsen cambios y produzcan una radical reforma penitenciaria?.

La inmovilidad solo puede tener como causa la indolencia, esa que se origina en el convencimiento de que quienes se encuentran privados de libertad no tienen derechos. Aspectos como los de índole presupuestaria, normativa u operativa (usualmente argumentados como excusas para no hacer algo en el ámbito administrativo), quedan relevados cuando se conoce que un alto porcentaje de los fondos destinados a las actividades penitenciarias es utilizado para el pago de inflada burocracia y no para ser invertido en el mejoramiento de las condiciones del “sistema” y de sus supuestos beneficiarios; cuando se sabe que la Ley de Rehabilitación del Delincuente no fue oficialmente reglamentada (aunque existía un proyecto de reglamentos con visto bueno de la Procuraduría General de la República a fines de la década de los noventas) y cuando es público que existe un anteproyecto de Ley nueva presentado al Congreso Nacional desde el año pasado; o cuando nos enteramos que la Pastoral Penitenciaria desarrolla exitosamente programas de rehabilitación en la zona norte, que hace mucho pudieron utilizarse como modelo para ser implementados en la mayoría o totalidad de los establecimientos penales existentes.

Es bien sabido que quien es sometido a prisión preventiva o al cumplimiento de pena de reclusión, ve restringidos algunos de sus derechos humanos, mas no todos. La libertad es el principal y, junto a ella, la posibilidad de libre locomoción, de elegir lugar de residencia y hasta el de comunicarse permanentemente con el mundo que le rodea. Por una errónea interpretación legal, se priva de derechos políticos a quienes cumplen prisión preventiva –pues todavía mantienen su estado de inocencia, a diferencia de los internos que han recibido sentencia condenatoria firme de reclusión- y, por la indolencia antes mencionada, del derecho a la seguridad personal, a la misma vida, y principalmente, a reinsertarse a una sociedad, que deviene obligada de hacer todo lo que esté a su alcance para ofrecer una oportunidad de enmienda y rehabilitación a quien ha transgredido sus normas de convivencia. ¿Y por qué no decirlo? Del mismo derecho a tener esperanzas.

Es justo aclarar que la situación que prevalece en los centros penales del país no es indiferente a todas las autoridades. La Fiscalía Especial de Derechos Humanos del Ministerio Público interpuso ante la Corte Suprema de Justicia (2005) una acción de habeas corpus a favor de la población interna en la Penitenciaría Nacional y los magistrados de la Sala de lo Constitucional otorgaron el mismo, conminando a las autoridades de la Secretaría de Seguridad a realizar los cambios requeridos para garantizar la vida y seguridad de la población interna.

El sistema interamericano de protección de derechos humanos también se ha mantenido vigilante de la situación prevaleciente en los centros penales del país: en noviembre de 2004, una delegación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) visitó varios centros y expresó su preocupación, la cual hizo extensiva a la de los centros de internamiento de niños y adolescentes infractores (dependientes del Instituto Hondureño de la Niñez y de la Familia - IHNFA). Asimismo, este año (2006) la Corte Interamericana de Derechos Humanos, al proferir fallo condenatorio contra el Estado de Honduras por violaciones a los derechos humanos del dirigente garífuna Alfredo López Alvarez, ordenó al Estado a reformar su sistema penitenciario para que el mismo garantice los derechos de la población interna. No obstante, aún con estas alentadoras muestras de interés dentro y fuera del país –algunas vinculantes y perentorias- pareciera que todavía falta que algo más grave ocurra.

Por ello es que es indispensable promover entre la sociedad civil, el convencimiento de la necesidad de impulsar un cambio profundo en lo que todavía queda del “sistema” penitenciario; uno que implica reconocer la potencialidad que encarnan muchos de los hombres y mujeres que cumplen penas en los centros penales del país. Es esencial recordar a todos y todas, que la dignidad de las personas privadas de libertad debe respetarse y preservarse, para garantizar que su humanidad no sufra menoscabo y puedan regresar a la sociedad, no como seres amenazantes, sino como personas dispuestas a dejar atrás su pasado. Es indispensable, es esencial, es vital, dar inicio a un proceso de reforma del sistema penitenciario que, más allá de proyectos faraónicos, ponga el interés de los hombres y mujeres, dentro y fuera de los recintos penales, de la sociedad toda, por encima de las conveniencias políticas, mercantiles y mediáticas.

Si nuestra desidia hizo que “El Porvenir” evocara fin, muerte y tragedia, depende de nosotros hacer que la expresión “porvenir” recupere su sentido de esperanza en un futuro mejor…para ellos y nosotros.