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La ampliación al término de detención administrativa y
al término para inquirir

una respuesta simple a problemas de inseguridad complejo

 

Por: Celso Alvarado
Coordinador del Programa Acceso
ciudadano a la Justicia

CIPRODEH

La magnitud de los hechos violentos -agravados en los últimos días- caracterizados principalmente por masacres y matanzas que han tenido lugar en diferentes escenarios –centros penales, viviendas, colonias y vías públicas- ha dejado al descubierto la incapacidad del Estado en tutelar Derechos elementales como vida, integridad corporal y la Seguridad individual y colectiva, tanto de aquellas personas que ha sometido a su custodia en centros penales, como de aquellos que residen o transitan por diferentes sitios de nuestro país.

Ante esta evidente ausencia o falla de una Política de gestión de la conflictividad por intermedio de las instancias llamadas por mandato constitucional a garantizarnos seguridad a todos y todas, los entes persecutores del delito, lejos de proponer o redireccionar su labor al parecer justifican su fracaso atacando o culpando al Estado mismo por intermedio de instituciones y/o buscando responsables entre la ciudadanía, muestra de ello es que en los últimos dos años ha sido muy común que las personas a quienes se ha confiado nuestra seguridad ataquen o desacrediten públicamente a Jueces y Juezas, fiscales, maras o pandillas juveniles, organizaciones de Derechos Humanos, profesionales del Derecho e incluso a la Organización terrorista Al-qaeda, lo cual ha contribuido a socavar la legitimidad institucional del Estado y sus instituciones, sin que hasta la fecha ello haya generado planteamientos concretos.

Ésta distorsión del tema Seguridad ciudadana y Justicia se ha convertido en una constante en nuestro medio, llegando a ocupar –o sustituir- el puesto de lo que sería una Política de Estado en materia de Seguridad y una instrumentalización poco sería por parte de los partidos políticos mayoritarios.

Por otro lado y en adición a lo antes expuesto se ha estado gestando desde el mismo Estado -a manera de la guerra sucia- una Política de generación de miedo, inseguridad, intolerancia y odio a muerte hacia nuestros semejantes; la que ha sido creada, impulsada y pagada con nuestros impuestos desde el mismo Estado. Ante este sentimiento de miedo por parte de la ciudadanía –como es lógico-, atemorizada por el fenómeno del Crimen, el Problema Social de maras o pandillas y la falta de Seguridad en la calles, ha hecho que ante la incapacidad estatal en darles solución apoye diversas reformas y acciones disuasivas de corto plazo, aún a sabiendas que dichas iniciativas van en detrimento de sus Garantías y Derechos ciudadanos, con lo que los partidarios de la medida han logrado disminuir la intensidad de la oposición.

Esta política de generación de miedo e inseguridad creada desde el mismo Estado ha hecho que en el Congreso Nacional a falta de Políticas Públicas en la materia por parte del ejecutivo, pretenda dar respuesta a un problema complejo con una formula muy, muy simple “La reforma al Artículo 71 de la Constitución de la República” que supone un aumento al término de detención administrativa en sede policial de veinticuatro a setenta y dos horas (de uno a tres días) con el objeto de que los fiscales presenten las pruebas a los juzgados y el término para inquirir de seis a quince días a fin de que los operadores de justicia puedan fortalecer los medios de prueba contra los imputados, es de hacer notar que si bien, dicha medida supuestamente va dirigida al crimen organizado, al no hacer esta excepción en su redacción final se entiende que es de aplicación para todos y todas aunque no seamos parte de ese tipo de criminalidad. Este tipo de iniciativas contribuye a deja al descubierto no sólo la ausencia de una política de seguridad, sino también la inoperancia de nuestro sistema de justicia, incapaz de dar respuestas satisfactorias a la población, ya que la gran mayoría de masacres yhechos sometidos a su conocimiento, como por ejemplo los casos de ejecuciones sumarias o de muertes en circunstancias misteriosas que a diario ocupan las primeras planas de los medios impresos, llevan en su mayoría años en esta etapa y aún siguen en investigación y sin respuestas concretas, por lo que cabe hacerse la interrogante si efectivamente ¿El éxito en la persecución del delito depende del tiempo en que se detenga a una persona o depende de otros factores?.

Nos preocupa que ésta iniciativa aprobada por la emotividad del momento o con fines electoreros pueda ser aprobada en una segunda legislatura, puesto que de ser así se estaría atentando contra uno de los valores fundamentales de todo ser humano como lo es “La libertad”, la que en un Estado de Derecho –cuyo fin es tutelarla y hacerla efectiva- debe ser inviolable y constituir regla y no excepción.

Al parecer los que impulsan esta iniciativa parecen desconocer –por dolo o ignorancia- principios constitucionales elementales en todo Estado de Derecho, basta tener sentido común y un pensamiento coherente para saber que el Título III, de nuestra Constitución de la República, referente a “De las declaraciones y Garantías” –lugar en donde se ubicaría esta propuesta-en su contexto presenta una norma escrita en favor del ciudadano y no en su perjuicio, y que se dirige a los funcionarios que encarnan el Estado únicamente para que la tutelen y la hagan cumplir, en otras palabras la Libertad como tal y todo el basamento legal que la sustenta ha sido incluido en este apartado de la Constitución para recordarnos que cuando ésta deba ser restringida debe ser por el menor tiempo posible, puesto que es uno de los bienes jurídicos de mayor valía concedido en beneficio del ciudadano y no del Estado. Sin embargo los argumentos esgrimidos por los partidarios de esta iniciativa parecen contradecir lo antes expuesto, ya que hacen una interpretación que restringe, minimiza y targiversa este Derecho concedido a favor de la libertad del ciudadano a favor del Estado, en perjuicio de sus titulares originales, que es hacia quienes se dirige la norma.

De ser así se estaría ante una clara infracción al artículo 59 de la Constitución que establece a la “Persona humana como fin supremo del Estado y la Sociedad”, y una involución hacia la “Doctrina de Seguridad Nacional” practicada en la década de los ochentas, que ubicó al Estado y sus instituciones como fin supremo y a la persona humana como medio para el logro de esos fines, ya que para disfrazar el fracaso de la actual política de seguridad y la carencia de políticas adecuadas en esta materia se pretende sacrificar una de las Garantías más valiosas de todo ser humano “La libertad”.

Por otro lado si bien el sistema de frenos y contrapesos –base de todo Estado de Derecho; pero infuncional en el nuestro- no ha dado respuesta a esos abusos, tal vez la comunidad internacional –que en ocasiones no se fía de las instituciones domésticas- ha establecido previamente compromisos de país que al parecer han olvidado nuestros y nuestras representantes, ya que tanto la declaración Universal de Derechos humanos en su artículo 9, como La Convención Americana sobre Derechos Humanos en su artículo 7.5, establecen que “Toda persona detenida o retenida debe ser llevada, sin demora ante un juez u otro funcionario autorizado por la Ley para ejercer funciones judiciales…”,. Por su lado el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su artículo 9.3 prescribe que “Toda persona detenida o presa a causa de una infracción penal será llevada sin demora ante juez u otro funcionario autorizado por la Ley para ejercer funciones judiciales...” ante esta situación es evidente que de aprobarse esta involución al Estado de Derecho se estaría nuevamente ante una posible denuncia internacional por violación a Derechos Humanos y una evidente negativa a su cumplimiento, ello sin tomar en cuenta el descrédito internacional como país en barbarie que la iniciativa acarrearía; así como las posibles indemnizaciones que con nuestros impuestos se pagan por sus malas actuaciones, por lo que nada costaría hacer las consultas correspondientes antes de ratificar dicha reforma o pensar en dar mejores respuestas a problemas a este tipo de problemas que son mucho más complejos.