El derecho a la información
|
|
Por: Leo Valladares Lanza
Doctor en
Sin duda alguna uno de los derechos humanos reconocidos
en todo el mundo es el de la libertad de expresión. Sin
ella, los seres humanos, que somos esencialmente sociales y
por ello comunicativos, no podríamos haber alcanzado el
grado de desarrollo espectacular que ofrece este inicio del
Siglo XXI. Pero para que haya una verdadera expresión se
requiere que también se dispongan de adecuadas ideas, de
pensamientos, de lo contrario no podríamos expresarnos
adecuadamente.
El tener conocimientos verdaderos de la realidad nos hace
autodeterminarnos libremente, es decir, tomar nosotros
mismos nuestras decisiones. Esta libertad de actuar, de
autodeterminación es precisamente la base de la dignidad
personal. Gracias a nuestro pensamiento y libertad para
actuar nos transformamos de simples animales en personas.
En la actualidad, tanto la libertad de pensamiento como
la de expresión se ven desde un punto más amplio, la
necesidad de tener una información veraz, pronta y oportuna
para poder actuar de acuerdo a nuestras necesidades e
intereses. Decimos que vivimos en “la sociedad de la
información”, que nunca antes como ahora los seres humanos
tenemos tantas posibilidades para acceder a la información,
tanto a la tradicional, escrita, hablada y televisada como a
los enormes recursos que ofrecen las variantes electrónicas,
la llamada multimedia y la internet.
Pero cabe preguntarnos: ¿Tenemos acceso a la información
que nos es realmente útil, a aquella que es necesaria para
participar plenamente como miembros de una colectividad?
¿Tenemos adecuada información sobre lo que hacen en nuestro
nombre y representación los funcionarios que nosotros hemos
elegido? ¿Conocemos las grandes decisiones de nuestras
autoridades que nos afectarán a todos?
Si hemos adoptado un sistema democrático de gobierno
significa que todos debemos participar, pero, ¿podrá ser
eficaz una participación sin la información sobre lo que
está ocurriendo?
No podemos formar parte de una sociedad democrática si no
tenemos información, no podremos pedirles cuenta a nuestras
autoridades si no conocemos lo que hacen. Sin información
pública al alcance de los ciudadanos, no es posible el
avance democrático ni el desarrollo económico desde una
perspectiva incluyente y al servicio de todos.
De esta necesidad de ser informados nace el
derecho deacceso a la información pública que podemos
definir como “la prerrogativa que tiene toda persona para
acceder a la información creada, administrada o en poder de
las autoridades”. No hay que confundir este derecho con la
garantía de “hábeas data”, que consiste en la facultad que
tenemos para exigir la información confidencial que las
autoridades tienen sobre nosotros, para los efectos de
rectificarlas o eliminarlas, y para que no hagan uso de
ellas sin nuestro conocimiento; y que se basa en el derecho
a la intimidad.
El derecho de acceso a la información comprende
el deber de informar y el derecho a ser informado, y el
derecho a solicitar y recibir la información. Es un deber de
las autoridades informar de oficio, por ejemplo: su
estructura orgánica, las normas que rigen su funcionamiento,
el presupuesto, la nómina de empleados y su salario, sus
manuales de organización y funcionamiento, el resultado de
las auditorias que se le practiquen, las resoluciones que
emitan. En general, estarán a disposición del público que lo
solicite la información de todas sus actividades aplicándose
el principio de publicidad de los actos de toda autoridad.
Un elemento clave en la ley que garantice el derecho de
acceso a la información será la determinación de la
información que se clasifique como “reservada o
confidencial”, es decir, que no estará a disposición del
público, por ejemplo, aquella cuya divulgación ponga en
riesgo la seguridad del Estado, la vida, la seguridad de
cualquier persona; o la información cuya divulgación pueda
causar un serio perjuicio a las actividades de prevención o
persecución de los delitos.
Mediante el acceso a la información pública se garantiza
la participación ciudadana, y cuanto mayor y efectivo sea el
conocimiento de las personas sobre la acción pública, mayor
será también su confianza en la política y la función
gubernamental. Por otra parte, se fortalecerán los procesos
de transparencia y rendición de cuentas, tan necesarios en
la lucha contra la corrupción.
En definitiva, creemos que con la emisión de una ley de
derecho de acceso a la información, como lo ha propuesto el
Consejo Nacional Anticorrupción y varios grupos de la
sociedad civil, entre ellos, el Comité para la Libre
Expresión, C-Libre, la vida democrática de Honduras se
enriquecerá con una legislación que permita, tanto el
ejercicio ciudadano de este derecho, como la creación de una
cultura de participación ciudadana, y de transparencia y
rendición de cuentas por parte de las instituciones
públicas.
|
|